En exclusiva para este medio, Daniel Bros (Multi-Family Office -MFO- Director de Proddigia), ha explicado los principales aspectos de este nuevo decreto ley en una convocatoria de urgencia en las oficinas centrales de Proddigia, con todos los principales patrimonialistas e inversores inmobiliarios de Barcelona.
Los tres pilares fundamentales sobre los que se desarrolla el decreto ley son, combatir la emergencia residencial, establecer medidas urgentes que fomenten la promoción de viviendas protegidas en régimen de alquiler, y contribuir a la moderación de los precios de alquiler.
Uno de los aspectos más relevantes del decreto ley, es la modificación del concepto de «Gran tenedor». En este, se asimila a propietarios e inversores de más de 15 viviendas, a los grandes fondos de inversión o entidades financieras como sujetos obligados a cumplir con la función social de la vivienda, mediante la propuesta de alquileres sociales a personas vulnerables o con riesgo de exclusión residencial. Los contratos de alquiler social, pueden tener una duración de 5 años para el caso de que el arrendador sea persona física, o de 7 años en el caso de personas jurídicas, estableciéndose la obligatoriedad de renovación por 5 o 7 años adicionales respectivamente, en caso de continuar en situación de vulnerabilidad residencial.
Así mismo, a partir de un índice de referencia elaborado y publicado por la Generalitat de Catalunya, el decreto, obliga a publicar junto con el anuncio de la vivienda en alquiler, el precio de referencia, así como hacerlo constar tanto en la oferta al potencial arrendatario como indicarlo en el propio contrato de arrendamiento. Dicho incumplimiento comportará una infracción leve, con sanciones vinculadas de 3.000 a 9.000 euros.
Dicho decreto, además, amplia la cobertura para casos de ocupación ilegal de vivienda, existiendo la obligación también, para determinados casos, la obligatoriedad de ofrecer un alquiler social, antes de iniciar cualquier proceso de desahucio mediante el procedimiento judicial oportuno.
Desde Proddigia, tras conocer la aprobación del decreto ley, vigente desde el pasado 30 de diciembre de 2019, convocaron un desayuno-conferencia, donde se pudieron abordar los aspectos más relevantes de la nueva regulación, para determinar el impacto directo que este decreto ley tendrá en propietarios o inversiones con más de 15 viviendas. Así mismo, se determinaron las medidas preventivas necesarias y un plan de acción para afrontar esta nueva regulación, «estamos a tiempo de reaccionar y poder tomar medidas de prevención y contención, la clave, es tener un asesor de confianza con los conocimientos necesarios para abordar cualquier situación como la que se nos presenta» explican.
En definitiva, desde Proddigia, concluyen que este decreto comporta un fuerte desequilibrio entre los derechos y garantías del propietario, inversor o arrendador en favor del arrendatario o de personas en ocupación ilegal o sin título habilitante, y que, consecuentemente, provocará una fuerte litigiosidad.
Proddigia ha evolucionado su modelo de gestión patrimonial, especializándose en el asesoramiento y gestión de patrimonios familiares, a través del concepto de Multi-Family Office (MFO), dando cobertura a sus clientes en todos los aspectos que giran en torno a sus inversiones inmobiliarias, financieras o de empresa familiar, teniendo en cuenta siempre las implicaciones legales, fiscales y tributarias que de cualquier inversión o desinversión patrimonial se deriven, en relación a la estrategia y planificación concreta de cada patrimonio familiar.